Deducciones Donaciones

Deducciones-Donaciones

  • ¿Puedo desgravar en mi declaración de la renta o en el impuesto de sociedades las donaciones que realice?
  • Recordemos que la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo habla de este tipo de acciones como aquellas aportaciones de carácter privado encaminadas a respaldar actividades consideradas de interés general.

    PERSONA FÍSICA (donación a entidad beneficiaria del mecenazgo). Deducción en la cuota del IRPF: 

    • Primeros 150 €, 80 %
    • Resto, 35%; si hay recurrencia en donación, 40%
    • Límite, 10% base liquidable
  • ¿Qué pasa si donas a una entidad beneficiaria del mecenazgo para una actividad prioritaria de mecenazgo? (Un 5% más)
    • Primeros 150 €, 85%
    • Resto, 40 %; si hay recurrencia en donación, 45 %
    • Límite, 15% base liquidable

    ENTIDAD JURÍDICA (donación a entidad beneficiaria del mecenazgo). Deducción en la cuota del IS.

    • 35% Impuesto Sociedades; si hay recurrencia en donación, 40%
    • Límite, 10% base liquidable
  • ¿Qué sucede con las donaciones a fundaciones que rinden cuentas al órgano del protectorado y a las asociaciones de utilidad pública que no están incluidas la Ley 49/2002?
  • Donaciones que a estas instituciones que no queden recogidas dentro de la ley 49/2002 por personas físicas también podrán obtener una deducción por su solidaridad.

    En este caso será un 10% sobre las aportaciones realizadas...